Las multas relacionadas con la ITV
No llevar la ITV al día o llevarla caducada son solo algunas de las prácticas sancionables relacionadas con la Inspección Técnica de Vehículos
La Inspección Técnica de Vehículos (ITV) es un trámite que todos los conductores deben pasar cuando su vehículo cumple cuatro años. Desde ese momento, hasta que alcance la década de edad, la ITV será obligatoria cada dos años, pasando a ser imprescindible anualmente a partir de los 10 años.
La finalidad de la ITV es velar para que todos los vehículos en circulación estén en buen estado y certificar que cumplen las normas de seguridad y la normativa de emisiones aplicable según su tipo y edad. Al ser un trámite obligatorio, las autoridades podrán proceder a sancionar al conductor con una multa si no se circula con la ITV pasada y al día.
Pero llevar la ITV caducada o no superarla no son las únicas prácticas relacionadas con la Inspección Técnica de Vehículos sancionables por los cuerpos de seguridad. Estas son los cinco tipos de multas que tienen la ITV como protagonista:
· En caso de circular sin la ITV o con la ITV caducada, la sanción económica será de 200 euros, que se reducirán a la mitad con pronto pago.
· En caso de circular tras intentar pasar la inspección y salir con resultado desfavorable la sanción es la misma: 200 euros o 100 con pronto pago.
· Si se circula tras pasar la ITV como negativa, la multa alcanza los 500 euros, sin posibilidad de reducir la cantidad con pronto pago.
· Circular con la ITV aprobada pero sin pegar la etiqueta correspondiente en el parabrisas es una práctica sancionable con un importe de 80 euros.
· Circular con la pegatina de la ITV en un coche que no la ha superado será considerado un delito de uso de certificación falsa. La sanción no está definida, pero el Tribunal Supremo confirmó una condena de multa de 720 euros por este hecho a un conductor que llevaba la pegatina de la ITV conforme la había pasado y que tenía fecha de validez hasta 2019 cuando el coche tenía la ITV caducada desde mayo de 2016. El alto tribunal solventó con esta confirmación una cuestión que había generado dudas ante las resoluciones, en ocasiones contradictorias, de varias audiencias provinciales. El Supremo confirmó que el proceso de certificación y control corresponde a la administración pública, por lo que cualquier reproducción o manipulación de las etiquetas de la ITV, así como su uso no autorizado, es constituyente de delito.
Fuente: NeoMotor